El Gobierno ha aprobado la Orden ESS/214/2018 del 1 de marzo, la cual obliga a los autónomos a darse de alta en el sistema de remisión electrónica de datos (sistema RED) de la Seguridad Social.
¿Y qué supone esta obligación? Pues que los autónomos dejan de comunicarse de forma física con la Seguridad Social para pasar a hacerlo única y exclusivamente en formato electrónico. Ya era obligatorio para todas las soiedades, ahora también lo será para los autónomos, que tienen un plazo de seis meses (hasta el 1 de octubre) para darse de alta en el Sistema RED.
Gestión exclusivamente online
A través de este sistema, los autónomos solo van a necesitar conectarse a Internet, con su correspondiente firma electrónica, para tramitar autorizaciones, afiliaciones, tramitar saldos de acreedores, documentos de cotización, ingreso de cuotas sociales, comunicar altas, bajas o variaciones en los datos de los trabajadores y los partes médicos. Además, las notificaciones que la Seguridad Social necesite hacer a los autónomos, se realizará también a través del Sistema RED, de una forma un tanto intrincada, puesto que la notificación llega al sistema, y se da por notificado, sin que la Seguridad Social verifique que el usuario ha entrado y lo a leído, o no. ¡Ojo con eso!
En teoría es para agilizar las comunicaciones entre los autónomos y la Seguridad Social. Para darse de alta en el Sistema RED (que os recordamos que es obligatorio), los autónomos tienen que presentar en la Tesorería General una fotocopia del DNI, la documentación que acredite que está dado de alta como autónomo y una solicitud de autorización para acceder al sistema.