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Legislación

Descanso a bordo prohibido en Alemania

Descanso a bordo prohibido en Alemania

Alemania se ha sumado a Bélgica y a Francia (quienes lo hicieron en 2014) y ha prohibido desde el 25 de mayo el descanso normal a bordo del camión. Tanto la Comisión Europea como el Tribunal de Justicia Europeo son partidarios de esta prohibición.

Desde el 25 de mayo los conductores ya no han podido hacer el descanso normal (mínimo de 45 horas consecutivas) a bordo del camión en un aparcamiento, área de servicio o similares en Alemania. Hacerlo supondrá multas de 1500 euros para la empresa transportista y 500 euros para el conductor. Sí lo podrán seguir haciendo con el descanso reducido que puede tomarse cada dos semanas.

Esta prohibición está afectando tanto a conductores asalariados como autónomos. Ya la pusieron en marcha en 2015 tanto Francia como Bélgica. Se sabe que el Tribunal de Justicia Europeo es partidario de esta prohibición, de que los conductores hagan en la cabina el descanso semanal normal, porque así lo trasladó la Abogacía General de dicho Tribunal el pasado mes de febrero en su informe preceptivo, señalando que esta prohibición es perfectamente compatible con la normativa europea. Se espera que en los próximos meses el Tribunal de Justicia Europeo avale públicamente estas regulaciones nacionales que prohíben tomar el descanso semanal normal a bordo del camión.

El paquete de medidas para modificar algunas Directivas y Reglamentos comunitarios incluye la prohibición expresa.

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